¿Qué facturas deben comunicarse a través del SII?

Su empresa desde el 01 de julio de 2017, viene obligada a cumplir con el nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII), pero tiene dudas de que facturas debe comunicar a través de dicho sistema, por ejemplo, operaciones sujetas pero exentas. Como regla general sepa usted que en principio todas las operaciones estarían sujetas al SII.

Con anterioridad a la reforma llevada a cabo por el RD 596/2016, de 2 de diciembre, la Dirección General de Tributos estableció al respecto que no era obligatoria la llevanza del libro registro de facturas expedidas cuando el sujeto pasivo no tenga obligación de expedir factura y si la actividad que desarrolla está exenta del impuesto.

No obstante, según criterio de la DGT (V1703-17 de 30 de junio) este criterio acorde con la legislación anterior debe modificarse para adecuarse a la redacción vigente y si usted efectúa o recibe operaciones donde coexisten operaciones sujetas y exentas, y operaciones sujetas y no exentas, deberá llevar libro registro de facturas expedidas y recibidas y por tanto estarán dichas operaciones sujetas al SII.

...como regla general en principio todas las operaciones estarían sujetas al SII...

Asesor fiscalIVA