Comprar y vender en internet a través de plataformas de «segunda mano»
Usted a través de plataformas de venta de bienes de segunda mano, efectúa comparas y ventas de cosas que no utiliza o que puede necesitar. Habrá oído en prensa últimamente que la Agencia Tributaria se plantea controlar este tipo de operaciones para que los particulares efectúen la correcta tributación fiscal.
Conozca como hacer bien las cosas:
- Vendedor. Si usted es el vendedor, como lo habitual será que transmita el bien por un precio inferior al que lo adquirió, no deberá declarar ninguna ganancia en su IRPF. No obstante, tampoco podrá imputarse ninguna pérdida, ya que se considerará que ésta deriva del “consumo” de dicho bien. En las ventas por Internet entre particulares, el hecho de presentar el modelo 600 sirve de prueba al vendedor para justificar que no existe ganancia patrimonial no justificada en IRPF.
- Comprador. Si es el adquirente estará obligado a satisfacer un 4% de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en todo caso (en algunas comunidades el porcentaje puede variar).