Nueva consulta de la dirección general de tributos sobre la compraventa de Bitcoins por particular

Continuando con las cápsulas informativas relativa a la tributación por la compraventa de monedas virtuales por un particular, una reciente consulta vinculante de la Dirección General de Tributos de 22 de marzo de 2018, V0808, ha establecido que la compraventa de todo tipo de criptomonedas, suponen una ganancia o pérdida patrimonial en el contribuyente.

La alteración del patrimonio del contribuyente tiene lugar en el momento en que de conformidad con el artículo 609 del código civil se produce la transmisión (la “traditio”), por tanto, es indiferente cuando se perciba el precio de la venta.

El vendedor deberá imputarse la ganancia o pérdida en la declaración de la renta del ejercicio en el que se entreguen las monedas virtuales.

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